Quién está en el grupo I
Cónyuges; parejas de hecho constituidas conforme a la Ley vasca 2/2003 o inscritas en un registro público análogo de otra comunidad autónoma, de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de otro país; y ascendientes y descendientes en línea recta: padres, hijos, abuelos y nietos, también por adopción y por acogimiento permanente o preadoptivo (artículo 44.1 y disposiciones adicionales primera y segunda de la Norma Foral 2/2022). Suegros, yernos, nueras e hijos del cónyuge no: son grupo II y tributan con la tarifa II.
Cómo se calcula
Se aplica el 1,5 % a la base liquidable, que es lo donado menos las reducciones que correspondan (artículo 47). En las donaciones no hay reducción por parentesco: los 400.000 € del grupo I son solo para herencias. Y en el grupo I no se suman las donaciones anteriores del mismo donante: esa acumulación de tres años solo se aplica en los grupos II y III (artículo 65).
Si es para comprar su vivienda y tiene menos de 36 años
El dinero que se da a un hijo menor de 36 años para comprar su vivienda habitual tiene una reducción del 100 % hasta 30.000 € en total, sumando todas las donaciones que reciba con esta reducción: no son 30.000 € por cada progenitor (artículo 45 bis, en vigor desde el 16 de mayo de 2025). Requisitos: presentar el 671 en plazo, con un documento que diga expresamente que el dinero es para comprar su vivienda habitual y el justificante de la transferencia (u otro documento que acredite el importe), y comprar la vivienda en los dos años siguientes a la donación (o a la primera, si hay varias). Vivienda habitual es la que se pasa a habitar en los doce meses siguientes a la compra y en la que se vive al menos tres años seguidos, salvo fallecimiento u otras circunstancias que obliguen a cambiar de vivienda, como un traslado laboral (artículo 87.8 de la Norma Foral 3/2014 del IRPF y su reglamento). Si no se cumplen los requisitos, hay que presentar en los 30 días hábiles siguientes al incumplimiento una autoliquidación complementaria con el impuesto que no se pagó y los intereses de demora.
Quién lo presenta y cómo
Lo presenta quien recibe el dinero: un Modelo 671 por cada persona que recibe. Por internet, en Zergabidea, identificándose con BakQ o con un certificado digital; si hay cuota, la presentación no cuenta hasta que se paga por la pasarela de pagos. O en papel: con el modelo impreso desde Zergabidea o comprado en un estanco autorizado de Gipuzkoa; si hay cuota, se paga antes en una entidad colaboradora, y después se entrega con la documentación en una oficina de Hacienda. El PDF del 671 de la web foral es solo informativo. Lo explicamos paso a paso en nuestra guía del Modelo 671.
Plazo
Treinta días hábiles desde el día siguiente a la donación (artículo 69.1). No cuentan los sábados, los domingos ni los festivos: en 2026, los festivos de Euskadi, el 20 de enero, el 31 de julio y el 24 y el 31 de diciembre. Si el documento de donación se firma después de la transferencia, debe llevar su fecha real de firma: firmarlo más tarde no reinicia el plazo.
Si se presenta tarde
Sin requerimiento previo de Hacienda, y contando desde el final del plazo (artículo 27 de la Norma Foral General Tributaria de Gipuzkoa): recargo del 2 % hasta tres meses de retraso, del 5 % del cuarto al duodécimo mes y del 10 % pasados doce meses, siempre más intereses de demora (4,0625 % anual en 2026). Además, la reducción por vivienda para menores de 36 años exige presentar en plazo.
Si has vivido fuera de Gipuzkoa
Se declara en Gipuzkoa cuando quien recibe tiene allí su residencia habitual el día de la donación; dentro del País Vasco, cuenta dónde pasó más días en los doce meses anteriores a la donación. Si en los cinco años anteriores pasó más días en territorio común (el resto de España, salvo Navarra) que en el País Vasco, Hacienda de Gipuzkoa aplica las normas de territorio común, salvo que haya conservado la condición política de vasco según el artículo 7.2 del Estatuto de Autonomía (artículo 2 de la Norma Foral 2/2022 y artículo 25 del Concierto Económico). Si quien recibe vive fuera de España, hay reglas propias.
Lo que hace TramitaClaro en Gipuzkoa
TramitaClaro es un servicio privado, independiente de la Diputación Foral de Gipuzkoa. En Gipuzkoa ofrecemos la calculadora y estas guías; el asistente que prepara los documentos solo funciona para Bizkaia. El Modelo 671 se rellena y se presenta en Zergabidea o con el impreso oficial.