Quién está en el grupo 0
Cónyuges; parejas de hecho inscritas en el registro del País Vasco o en otro registro público análogo, de España o de fuera; y ascendientes y descendientes en línea recta: padres, hijos, abuelos y nietos, también por adopción y por acogimiento permanente o preadoptivo (artículo 22 y disposición adicional segunda de la Norma Foral 11/2005). Suegros, yernos y nueras no: son grupo I y tributan con la tarifa II.