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Vivienda · menores de 36 · Araba/Álava

Donación para comprar vivienda en Álava: exenta hasta 30.000 €

En las donaciones hechas desde el 17 de abril de 2025, en Álava está exento el dinero que te da tu familia para comprar tu vivienda habitual si tienes menos de 36 años, hasta 30.000 € en total (Norma Foral 3/2025). Hay que cumplir los requisitos y presentar igualmente el Modelo 651.

Revisado el 15 de octubre de 2026 con fuentes oficiales de Álava

TramitaClaro es un servicio privado, independiente de la Diputación Foral de Álava.

Ejemplo

Lo que da una madre
40.000 €
Exento por vivienda
30.000 €
Impuesto
150 €

Ejemplo ficticio: una madre da 40.000 € a su hija de 30 años para la entrada de su piso, en Álava, y cumplen los requisitos. Quedan exentos 30.000 €, y los 10.000 € restantes tributan al 1,5 % del grupo 0: 150 €. Sin la exención, la cuota sería de 600 €.

Paso a paso

Lo que tienes que saber

Quién puede recibirla

Quien recibe el dinero debe tener menos de 36 años y destinarlo a comprar su vivienda habitual en propiedad (artículo 9.f de la Norma Foral 11/2005).

Quién puede darlo

Su cónyuge o pareja de hecho, sus ascendientes y descendientes y sus colaterales hasta el tercer grado, ya sea por consanguinidad, afinidad, pareja de hecho, adopción o acogimiento permanente formalizado ante la Administración competente: por ejemplo, padres, abuelos, hermanos, tíos, suegros o cuñados. No sirve si el dinero lo da un primo o alguien sin parentesco.

Hasta cuánto

Hasta 30.000 € por persona que recibe, sumando todas las donaciones de esos familiares que se acojan a la exención: no se renueva con cada donante. Lo que pase de esa cifra tributa con normalidad: al 1,5 % en el grupo 0, o con la tarifa que corresponda.

Requisitos

Presentar el Modelo 651 en plazo, con un documento público o privado que diga expresamente que el dinero es para comprar tu vivienda habitual y el justificante de la transferencia. Y comprar la vivienda en los dos años siguientes a la donación o, si hay varias, a la primera.

Qué se considera vivienda habitual

Como regla general, aquella en la que vives de forma continuada durante tres años, salvo fallecimiento o circunstancias que obliguen a cambiar de vivienda, como un traslado laboral. Garajes y anexos no cuentan, salvo que formen una única finca registral con la vivienda (artículo 87.8 de la Norma Foral 33/2013 del IRPF).

Lo que hace TramitaClaro en Álava

La calculadora de Álava aplica la exención si la marcas. TramitaClaro es un servicio privado, independiente de la Diputación; el asistente que prepara los documentos solo funciona para Bizkaia.

Documentación

Qué preparar

  • ✓Documento de donación, público o privado, que diga expresamente que el dinero es para comprar tu vivienda habitual.
  • ✓Justificante de la transferencia.
  • ✓Modelo 651 presentado en plazo, con sus impresos oficiales.
  • ✓Certificado de empadronamiento de los últimos cinco años, salvo si resides en Vitoria-Gasteiz, Llodio o Amurrio, y documento que acredite el parentesco.
  • ✓Después, la escritura de compra: la exención exige comprar la vivienda en dos años.

Errores frecuentes

Qué evitar

  • ·No indicar en el documento de donación que el dinero es para la vivienda.
  • ·Presentar fuera de plazo: la exención exige presentar en plazo.
  • ·Superar los 30.000 € sumando varias donaciones y no declarar el exceso.
  • ·Pensar que sirve el dinero de un primo o de un amigo: no da derecho a la exención.
  • ·Dejar pasar los dos años sin comprar la vivienda: se pierde la exención.

Preguntas frecuentes

Lo que suele preguntarse

¿La exención es por cada donante o en total?

En total por persona que recibe: hasta 30.000 € sumando las donaciones de los familiares que se acojan a ella.

¿Tengo que presentar el Modelo 651 si está todo exento?

Sí: la exención exige presentar la autoliquidación en plazo, con la documentación. Si no sale cuota, no hay nada que pagar en el banco.

¿Y si no compro la vivienda en dos años?

Pierdes la exención y tienes que regularizar: declarar el impuesto que no pagaste, con intereses de demora (artículo 117.2 de la Norma Foral General Tributaria de Álava).

¿Es igual que la de Bizkaia?

Bizkaia tiene una exención parecida, también hasta 30.000 € para menores de 36 años, pero cada territorio tiene su propia norma e impresos: se aplica la del territorio donde tributa quien recibe.

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