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Duda previa · Bizkaia · Bizkaia

Cuánto puede darme mi padre sin pagar en Bizkaia

Hay mucha confusión con esto. En Bizkaia no existe un umbral general por debajo del cual una donación de padres a hijos esté libre de impuestos. Lo que sí existe es un tipo bajo del 1,5 % y una exención específica para vivienda habitual.

Revisado el 11 de julio de 2026 con fuentes oficiales.

Servicio privado de asistencia documental. No somos Hacienda Foral de Bizkaia ni presentamos el trámite por ti.

Ejemplo orientativo

Mitos y datos · Bizkaia
Caso
30.000 €
Referencia
Si va al banco: 450 €
Resultado
Si va a vivienda habitual: 0 €

Una donación de 30.000 € de padres a hijos en Bizkaia tributa al 1,5 %: 450 €. Si ese dinero va a la compra de vivienda habitual y se cumplen los requisitos (donatario menor de 36, plazo de dos años, documentación), puede aplicarse la exención de hasta 30.000 € y la cuota baja a 0 €.

Qué resuelve

Lo importante de este caso, sin rodeos.

Si has leído cifras como 10.000 € o 20.000 € libres de impuestos, te las puedes encontrar referidas a otras comunidades, no a Bizkaia. Esto es lo aplicable aquí.

Por qué no hay un umbral general

Algunas comunidades autónomas tienen reducciones o tipos cero para donaciones familiares hasta cierto importe. Bizkaia, dentro del régimen foral, no aplica esas reducciones: lo habitual es tributar al 1,5 % en donaciones del grupo familiar más cercano.

Lo que sí existe en Bizkaia

Tipo del 1,5 % para grupo I (padres-hijos, cónyuge, pareja de hecho registrada). Exención de hasta 30.000 € por persona donataria cuando el dinero va a comprar su vivienda habitual y la persona tiene menos de 36 años. Tarifas progresivas para grupos II, III y IV.

Qué circunstancias cambian el cálculo

La exención de vivienda habitual puede cambiar la cuota si se cumplen todos sus requisitos. Si intervienen padre y madre, cada aportación debe reflejar a su verdadero titular y documentarse por separado; no debe elegirse un reparto sólo para alterar el resultado fiscal.

Lo que no funciona

Hacer envíos pequeños recurrentes para 'no llegar al umbral' no funciona, porque no hay un umbral general. Llamar préstamo a una donación sin devoluciones reales tampoco cambia su naturaleza. Presentar fuera de plazo puede generar recargos e intereses según el caso.

Documentos necesarios

Qué conviene tener a mano

  • Modelo 651 rellenado.
  • Justificante bancario de la transferencia.
  • DNI/NIE de padre/madre y donatario.
  • Si aplica exención de vivienda: documentación del destino y plazos de la compra.

Errores frecuentes

Lo que suele causar vueltas

  • ·Buscar un umbral general que en Bizkaia no existe.
  • ·Aplicarse mentalmente cifras de otras comunidades autónomas.
  • ·No usar la exención de vivienda habitual cuando sí encaja.
  • ·Subdividir donaciones para 'esquivar' un umbral inexistente.

Encaja si

  • Padre o madre planteándose ayudar económicamente a un hijo/a en Bizkaia.
  • Donación única de dinero, simple.
  • Querer entender el coste real antes de mover el dinero.

Mejor revisar antes si

  • ·Operaciones con bienes inmuebles, empresas o participaciones.
  • ·Estructuras de planificación fiscal patrimonial.
  • ·Casos con dudas de residencia fiscal del donatario.

Preguntas frecuentes

Dudas normales antes de presentar.

¿No hay nada exento entonces?

Sí, pero condicionado: hasta 30.000 € si el destino es vivienda habitual y se cumplen los requisitos. Fuera de ese supuesto, en Bizkaia la donación tributa.

¿Y si donamos padre y madre por separado?

Ambos son donantes distintos y cada aportación debe coincidir con la titularidad real del dinero y con los justificantes. El asistente permite reflejar la parte de cada progenitor sin asumir un reparto artificial.

¿Las cifras que veo de 10.000 o 20.000 € exentos no aplican aquí?

Probablemente son de otras comunidades autónomas (Madrid, La Rioja, etc.) o de regímenes pasados. El régimen foral de Bizkaia se rige por su propia normativa y debe consultarse específicamente.

¿Cuánto se acaba pagando entonces?

Como referencia para grupo I: 1,5 % sobre la base liquidable. Para 50.000 € son 750 €. Para 30.000 € a vivienda habitual con requisitos, puede ser 0 €. La calculadora estima la cifra con tus datos.

Siguiente paso

Comprueba tu caso con tus fechas e importes.

El asistente te muestra el cálculo, la fecha límite y la documentación antes de generar.