Quién acepta la donación
Pueden aceptar donaciones todos los que la ley no incapacite expresamente (artículo 625 del Código Civil). Un menor con juicio suficiente puede aceptar por sí mismo una donación pura, sin condiciones ni cargas, y también pueden aceptarla en su nombre sus representantes legales, normalmente los padres. Si la donación tiene condiciones o cargas, deben intervenir sus representantes legales (artículo 626).